El objetivo del Programa Subite Buses es promover y generar experiencia en el uso de tecnología de movilidad eléctrica, específicamente en vehículos de tipo microbuses, minibuses y buses, a la vez que generar capacidades técnicas, en todo el territorio nacional. Se pretende que esto sea un primer paso hacia la electrificación de sectores de transporte con uso intensivo, en zonas donde no hay experiencia aún y sea a la vez un elemento de expansión de uso gracias a la experiencia local generada. Además, se busca promover la compra de microbuses, minibuses o buses eléctricos en todos los departamentos donde al día del lanzamiento del instrumento no existan vehículos de este tipo en operación, tanto de transporte urbano, circuitos turísticos u otro servicio de transporte a personas que presten las intendencias, municipios (alcaldías) o terceras organizaciones dependientes de estas.
Conocé las convocatorias abiertas:
4° convocatoria - Llamado a todas las intendencias (ABIERTO)
Conocé las convocatorias cerradas:
Subite Buses 4° convocatoria - llamado a oferta de vehículos (CERRADOS)
3era convocatoria – llamado a oferta de vehículos (CERRADO)
3era convocatoria – llamado a todas las intendencias (CERRADO)
2da convocatoria – llamado a todas las intendencias e instituciones (CERRADO)
2da convocatoria – llamado a oferta de vehículos (CERRADO)
1era convocatoria – llamado a oferta de vehículos (CERRADO)
Conocé a las intendencias beneficiadas que ya recibieron su primer bus eléctrico:
Entrega de primera convocatoria a los departamentos de Salto, Maldonado, Tacuarembó y Flores
Subite Buses 4° convocatoria - Apertura del llamado a las Intendencias
El Programa Subite Buses abre su cuarta convocatoria para que las Intendencias Departamentales presenten su proyecto para acceder al beneficio de hasta $3.600.000 no reembolsables para la adquisición de un bus eléctrico. El monto total de la convocatoria asciende a $10.800.000.
El objetivo del Programa Subite Buses es promover y generar experiencia en el uso de tecnología de movilidad eléctrica, específicamente en vehículos de tipo microbuses, minibuses y buses, a la vez que generar capacidades técnicas, en todo el territorio nacional. Se pretende que esto sea un primer paso hacia la electrificación de sectores de transporte con uso intensivo.
Para la selección de los proyectos a ser beneficiados, se tomará en cuanta la categorización y criterios del punto VII de las bases una vez cerrada la convocatoria hasta agotar los fondos disponibles.
Información necesaria enviar a la casilla subitebuses@miem.gub.uy:
- Formulario de postulación completo.
- Carta del Intendente (según requerido en punto X de las bases)
El monto máximo no reembolsable al que cada Intendencia Departamental podrá acceder equivale al 75% del valor CIF Montevideo del binomio vehículo/cargador, con un tope máximo de $ 3.600.000 (Pesos Uruguayos tres millones seiscientos mil).
Cierre del llamado a proyectos: Lunes 20 de enero de 2025.
Debe solicitar al proveedor la ficha técnica y características de los modelos pertenecientes al registro así como los demás requisitos que entiendan pertinentes.
A continuación se presentan las bases, formulario y el registro de buses elegibles para el instrumento.
Documentos:
5ta convocatoria del Programa Localidades Eficientes
La 5ta convocatoria del Programa Localidades Eficientes busca apoyar la implementación de proyectos de eficiencia energética en las distintas localidades del país. Se basa en una concepción de política energética con perspectiva territorial y descentralizada. A través del apoyo técnico y financiero se propone estimular la iniciativa a nivel de los gobiernos departamentales, municipales y autoridades locales, buscando el desarrollo de proyectos basados en tecnologías eficientes que den respuesta a necesidades concretas de las comunidades. Asimismo se promueve la participación del sector privado en el financiamiento, desarrollo e implementación de estas iniciativas, tanto a nivel de empresas como de instituciones privadas sin fines de lucro. A través de este involucramiento activo en los proyectos se busca promover la apropiación por parte de las comunidades de forma que redunde en un mayor impacto social.
Los proyectos serán evaluados y seleccionados por la DNE en base a los distintos criterios que se explicitan en las bases adjuntas.
Apertura del llamado a proyectos: 23/12/2024
Cierre del llamado a proyectos: 03/02/2025
Las postulaciones y consultas deberán enviarse a: LocalidadesEficientes@miem.gub.uy
Fecha de cierre: 03.02.2025Subite Cargo: Nuevo beneficio para adquirir vehículos de carga eléctricos
Subite Cargo es una iniciativa para incentivar la adopción de vehículos de carga eléctricos por parte de empresas y organizaciones en Uruguay. Este programa es impulsado por el Ministerio de Industria, Energía y Minería (MIEM), a través de la Dirección Nacional de Energía (DNE), implementado por el Fideicomiso Uruguayo de Ahorro y Eficiencia Energética (Fudaee).
Objetivo
Facilitar la adquisición de vehículos de carga eléctricos mediante un reembolso parcial de los costos, apoyando a las empresas y organizaciones en su transición hacia una movilidad sostenible.
¿A quién está dirigido?
Serán beneficiarios del programa todas las empresas y organizaciones debidamente constituidas, sin restricciones de tamaño o sector. Quedan excluidas las empresas amparadas en regímenes especiales como zonas francas, puertos libres, depósitos aduaneros, representaciones diplomáticas, organismos internacionales y empresas arrendadoras de vehículos.
Beneficios
- Reembolso por vehículo de carga eléctrico: USD 3.000 por cada vehículo de carga eléctrico adquirido, con un tope de 10 vehículos por beneficiario. Aplica a compras a partir del 30/08/2024.
- Reembolso por SAVE (cargador): 20% del valor del SAVE (sin IVA) hasta un máximo de USD 400 por cargador, con un tope de 10 unidades por beneficiario. La postulación del SAVE puede hacerse en conjunto o posterior a la postulación del vehículo, siempre que se encuentre vigente la convocatoria.
Cupos
El programa apoyará la compra de hasta 100 vehículos de carga eléctricos y 100 sistemas SAVE, asignados por orden de presentación y sujeto a disponibilidad de cupos y cumplimiento de los requisitos.
Cupos disponibles al 20/12/24 - 97
Condición para la obtención del beneficio
- Completar el formulario web (accedé aquí)
- Adjuntar en el formulario la documentación requerida: Factura de compra, libreta de empadronamiento, factura de SAVE (si corresponde), declaración de cuenta bancaria (Anexo I), y otros especificados en el punto IV de la convocatoria.
- Cumplir con las características del vehículo y SAVE: Vehículo de transporte de mercancías (categoría N) eléctrico puro de batería de litio o superior. El vehículo deberá ser nuevo y sin uso. El SAVE asociado al vehículo, en caso de postularse, deberá cumplir con los siguientes requisitos y características técnicas: mayor o igual a 7 kW de potencia. Las demás características están en el punto V de las bases.
Vigencia
La convocatoria estará vigente desde el 30 de agosto de 2024 hasta el 29 de agosto de 2025, o hasta agotar los 100 (cien) cupos previstos para la adquisición de los vehículos de carga eléctricos.
Más información
Para más información, los interesados pueden enviar sus consultas a la dirección de correo: subite@miem.gub.uy.
Documentos
Bases de la convocatoria Subite Cargo
Subite Pasajeros: Incentivo para la transformación energética en flotas de taxis, remises y plataformas electrónicas de transporte
Subite Pasajeros es un programa destinado a fomentar la adopción de vehículos eléctricos en flotas de taxis, remises y plataformas electrónicas de transporte en Uruguay. Este programa es impulsado por el Ministerio de Industria, Energía y Minería (MIEM), a través de la Dirección Nacional de Energía (DNE), implementado a través del Fideicomiso Uruguayo de Ahorro y Eficiencia Energética (Fudaee).
Objetivo
Facilitar la adquisición de vehículos eléctricos para el transporte de pasajeros, para sustitución de vehículos que se encuentren en servicio y que sean de motorización nafta y/o diésel a través de un reembolso parcial. Además se otorga un reembolso parcial adicional en caso de adquirir también el sistema de alimentación de vehículo eléctrico (SAVE) ofreciendo un reembolso parcial de los costos a operadores de taxis, remises y vehículos de plataformas electrónicas.
¿A quién está dirigido?
El programa está dirigido a personas físicas o jurídicas y cooperativas de servicio constituidas en Uruguay, cuyo objeto social principal sea la prestación de servicios onerosos de transporte de pasajeros. Esto incluye taxímetros, remises, así como aquellos vehículos que prestan dichos servicios a través de las plataformas electrónicas.
Beneficios
- Reembolso por vehículo eléctrico: USD 4.000 por cada vehículo eléctrico que sustituya un vehículo a combustión, con un tope de 10 vehículos por beneficiario. Aplica a compras a partir del 27/09/2024.
- Reembolso por SAVE (cargador): 20% del valor del SAVE (sin IVA), hasta un máximo de USD 400 por cargador, con un tope de 10 unidades por beneficiario. La postulación del SAVE puede hacerse en conjunto o posterior a la postulación del vehículo, siempre que se encuentre vigente la convocatoria.
Cupos
El programa respaldará la compra de hasta 100 vehículos eléctricos y 100 sistemas SAVE, asignados por orden de presentación, sujeto a disponibilidad y cumplimiento de los requisitos.
Cupos disponibles al 20/12/24 - 59
Cupos leasing al 20/12/24 - 50
Condición para la obtención del beneficio
- Completar el formulario web (accedé aquí)
- Adjuntar en el formulario la documentación requerida: Nota del regulador, factura de compra del vehículo eléctrico, libreta de empadronamiento, y otros documentos especificados en punto IV la convocatoria.
- Cumplir con las características del vehículo y SAVE: Vehículo eléctrico puro de batería de litio o superior. El vehículo deberá ser nuevo y sin uso. El SAVE asociado al vehículo, en caso de postularse, deberá cumplir con los siguientes requisitos y características técnicas: mayor o igual a 7 kW de potencia. Las demás características están en el punto V de las bases.
Vigencia
La convocatoria estará abierta desde el 27 de setiembre de 2024 hasta el 26 de setiembre de 2025, o hasta agotar los 100 (cien) cupos previstos para la adquisición de los vehículos eléctricos.
Más información
Para más información, los interesados pueden enviar sus consultas a la dirección de correo: pasajeros@miem.gub.uy.
Documentos
Bases de la convocatoria Subite Pasajeros 2
Anexo I: Declaración de cuenta bancaria
Nota del gobierno departamental (ejemplo modificable)
Apoyo para Mipymes Eficientes
¡Aprovechá a implementar medidas de Eficiencia Energética en tu micro, pequeña o mediana empresa! Te reintegramos hasta el 70% de tu inversión.Todas las Mipymes pueden presentarse.
Nuevo decreto para el Registro de Agentes Certificadores de Ahorro de Energía
Se aprobó el Decreto N° 326/024 correspondiente al Registro de Agentes Certificadores de Ahorro de Energía, modificatorio del Decreto N° 317/015 del 30/11/2015.
La principal novedad de este decreto es que, tal como se explicita en el Artículo 1, es Agente Certificador aquella persona certificada CMVP (Certified Measurement and Verification Professional) o PMVA (Analista en Medición y Verificación del Desempeño), indistintamente, inscripta en el Registro.
Desde el MIEM se entendió pertinente realizar esta modificación debido a la desvinculación entre la AEE y EVO ocurrida tiempo atrás, y luego de evaluar y determinar que ambas certificaciones internacionales (CMVP y PMVA) brindan el conocimiento necesario para formar profesionales en M&V capaces de realizar las evaluaciones anuales de cumplimiento de resultados requeridas por los Certificados de Eficiencia Energética (CEE), tal como lo establece el Manual de CEE (Decreto N° 46-016 del 16-02-2016) y acorde a los requisitos de cada convocatoria de los CEE.
En los sitios web de la AEE y EVO pueden encontrar los cursos que se brindan para obtener dichas certificaciones, así como los requisitos para renovarlas.
Recordamos además que, las solicitudes de inscripción al Registro debe realizarse acorde a lo establecido en el Art. 3 del Decreto 326/024, por Trámites en línea. Asimismo, las cancelaciones de inscripción al Registro se aplican acorde al Art. 4 del Decreto 326/024.
Toda la información sobre el Registro se encuentra disponible AQUÍ
Apoyo para Productores Rurales Familiares
(CERRADO) El 15/12 cerró el instrumento Apoyo Productores Rurales 2024
Con motivo de promover la implementación de medidas de eficiencia energética (MMEE) en establecimientos de Productores Familiares Agropecuarios y/o agrupaciones de productores rurales de pequeño y mediano porte, el Ministerio de Industria, Energía y Minería (MIEM) lanzó la edición 2024 del Apoyo a Productores Rurales Familiares.
Este apoyo otorga un reembolso económico a aquellos establecimientos productivos que hayan implementado alguna de las MMEE que cumplan con los requerimientos técnicos definidos en las Bases por el MIEM.
¿Cuál es el monto del beneficio?
El reembolso es de hasta UYU 40.000 (pesos uruguayos cuarenta mil) por postulante, con un tope máximo del 90% de la inversión (impuestos incluidos).
¿Qué medidas se pueden postular?
Este beneficio otorgará un reembolso económico a aquellos establecimientos productivos que hayan implementado una o varias de los siguientes tipos de MMEE:
- MMEE estandarizadas: identificadas y listadas en el Anexo1 de las Bases de la presente convocatoria y que cumplan con los requerimientos técnicos allí definidos.
- MMEE no estandarizadas: se podrán plantear otras MMEE que no estén en el Anexo1 de las Bases de la presente convocatoria, siempre que se demuestre que su implementación genera una mejora en eficiencia energética en el proceso del establecimiento productivo.
Todos los equipos deberán ser nuevos y sin uso, y deberán cumplir toda la normativa vigente aplicable.
Todos los equipos deberán contar con garantía de fabricante, o proveedor local. Los equipos postulados no deberán haber postulado a otros instrumentos del MIEM.
¿Quiénes pueden postular?
- Productores registrados como Productores Familiares Agropecuarios ante la Dirección General de Desarrollo Rural (DGDR) del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP), que sean empresas unipersonales o personas jurídicas con certificado vigente de DGI y BPS.
- Agrupaciones de productores rurales de pequeño y mediano porte inscriptas en el Registro Nacional de Organizaciones Habilitadas RENAOH de la DGDR del MGAP, con personería jurídica, con certificado vigente de DGI y BPS.
Los beneficiarios del programa son aquellos productores que hayan implementado en el período de 16/12/2023 al 15/12/2024.
Cupos
El programa apoya un máximo de 100 cupos.
Cuando en un mismo establecimiento operen uno o más productores, solo uno de ellos podrá postularse al beneficio. Cuando una misma empresa tenga más de un establecimiento, el tope del beneficio será por empresa y no por establecimiento.
Los cupos serán asignados por orden de presentación de la documentación requerida, en forma completa y correcta ante la Dirección Nacional de Energía (DNE).
Período de postulación
La presente convocatoria está abierta desde el 25 de enero de 2024, hasta el 15 de diciembre 2024. No obstante, la convocatoria finalizará en cualquier momento, al agotarse los cupos disponibles para el programa.
¿Cómo postular?
Para postular debe ingresar a la ficha del trámite (LINK)
Se debía realizar una única postulación por establecimiento, la que debía contener todas las medidas que el interesado quiera presentar.
Para cada postulación se deberá adjuntar:
- Ficha técnica con las especificaciones del equipo.
- Factura de compra.
- Foto del equipo instalado.
- Constancia de Registro de Producción Familiar Agropecuaria , o
- Constancia de Registro Nacional de Organizaciones Habilitadas RENAOH
IMPORTANTE: Todas las facturas a reembolsar deberán estar a nombre de la empresa postulante. En caso de facturas emitidas en moneda extranjera el monto se convertirá a pesos uruguayos al tipo de cambio comprador del día hábil anterior a la fecha de la factura. La fecha de la factura deberá estar comprendida en el periodo establecido por las presentes Bases.
IMPORTANTE: En caso de ser persona jurídica o personería jurídica, presentar certificado notarial en el cual se acredite la representación, existencia y vigencia, con validez no mayor a 30 días.
Consultas
Los interesados podrán formular las consultas que consideren necesarias a la casilla de correo: daee@miem.gub.uy
ACCEDÉ AL FOLLETO DE APOYO A PRODUCTORES RURALES FAMILIARES
Tambos: Acceso al Manual de buenas prácticas en eficiencia energética
Hortifrutícolas: Acceso al Manual de buenas prácticas en eficiencia energética
Agentes Certificadores de Ahorro de Energía
El Registro de Agentes Certificadores de Ahorro de Energía opera acorde a lo establecido en el Decreto N° 326/024 del 27/11/2024, modificatorio del Decreto N° 317/015 del 30/11/2015.
Tal como se explicita en el Artículo 1 del Decreto 326/024 es Agente Certificador aquella persona certificada CMVP (Certified Measurement and Verification Professional) o PMVA (Analista en Medición y Verificación del Desempeño), indistintamente, inscripta en el Registro.
Los Agentes Certificadores de Ahorro de Energía son los únicos profesionales habilitados para realizar evaluaciones anuales de cumplimiento de resultados que deben presentarse a los Certificados de Eficiencia Energética (CEE), tal como lo establece el Manual de CEE (Decreto N° 46-016 del 16-02-2016) y acorde a los requisitos de cada convocatoria de los CEE.
Las solicitudes de inscripción al Registro debe realizarse acorde a lo establecido en el Art. 3 del Decreto 326/024, por Trámites en línea.
Las cancelaciones de inscripción al Registro se aplican acorde a la Art. 4 del Decreto 326/024.
Información de interés:
- Acceda al listado de Agentes Certificadores de Ahorro de Energía
- Documentación de referencia para Agentes Certificadores de Ahorro de Energía