Oportunidades para el sector público
Contratos remunerados por desempeño con ESCO
- TOCAF: habilita, dentro de las excepciones de contratación directa, cualquiera sea el monto de la operación: “Los contratos con empresas de servicios energéticos públicas o privadas que se encuentren registradas en el Ministerio de Industria, Energía y Minería (MIEM) y que se desarrollen bajo el esquema de Contratos Remunerados por Desempeño, en los cuales la inversión sea financiada íntegra o parcialmente por la empresa de servicios energéticos” (Art. 33, literal D, numeral 36).
Todos los organismos del estado pueden utilizar esta excepción y aquellos con autonomía para el uso del rubro consumo de suministros, pueden pagar los contratos a través de los ahorros en este rubro y/u otros rubros.
- Decreto 289/015: aplica únicamente a los incisos de la administración central (Ministerios y Presidencia), los cuales no tiene autonomía para trasponer fondos del rubro consumo de suministros a otro objeto de gasto para el pago de los contratos por desempeño con empresas ESCO. A través de este se habilita a estos Incisos a disponer para el pago de estos contratos de hasta el 100% de los ahorros generados en el consumo del suministro objeto del contrato. El Art. 6 del Decreto indica que para habilitar la trasposición, el MEF verifica la existencia de crédito presupuestal no utilizado por el Inciso y/o Unidad Ejecutora correspondiente, y el estar al día con los consumos correspondientes al suministro en el que se producirán los ahorros presentados en el clearing de suministros.
Alumbrado público
En Uruguay el alumbrado público (AP) es competencia de las Intendencias Departamentales, salvo lo que refiere a iluminación de rutas nacionales que se encuentra en el ámbito del MTOP.
Actualmente se encuentra vigente un régimen de subsidios para AP en el marco de la Ley N° 19.355-2015, artículo 679 y en las resoluciones de la Comisión Sectorial de Descentralización (CSD).
El subsidio anual que el gobierno central otorga a los gobiernos departamentales tiene como objetivo impulsar la modernización de los sistemas de alumbrado público y la implementación de mejoras de eficiencia energética.
En términos generales las metas fijadas para fines del quinquenio son: eliminación del mercurio; contar con un parque energéticamente eficiente, que sea 100% medido y georreferenciado; cuantificar y presentar el ahorro acumulado de energía y las emisiones de CO2 evitadas.
Alrededor del 70 % del subsidio se destina a cubrir hasta el 40 % de la facturación por AP medida de cada Intendencia. El 30% restante premia los proyectos de expansión y recambio de AP que implementen tecnologías de alumbrado eficientes.
Para acceder al subsidio las Intendencias presentan los proyectos de eficiencia energética, que son evaluados conjuntamente por la Dirección Nacional de Energía del Ministerio de Industria, Energía y Minería (MIEM) y la Oficina de Planeamiento y Presupuesto (OPP) a fin de habilitar el subsidio correspondiente. Es requisito que las Intendencias presenten la caracterización del parque de AP avalado por un agente certificador de ahorros habilitado por el MIEM.