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FUDAEE

La creación del Fideicomiso Uruguayo de Ahorro y Eficiencia Energética (Fudaee) se enmarca en la Ley Nº 18.597 sobre el Uso Eficiente de la Energía en el Territorio Nacional

En el artículo 17 de la Ley, que  fue aprobada en el año 2009, se encomienda al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y al Ministerio de Industria, Energía y Minería (MIEM) la creación del Fudaee, con los siguientes cometidos:

  • Brindar financiamiento para la asistencia técnica en eficiencia energética.
  • Promover la eficiencia energética a nivel nacional.
  • Financiar proyectos de inversión en eficiencia energética.
  • Promover la investigación y desarrollo en eficiencia energética.
  • Actuar como fondo de contingencias en contextos de crisis del sector.


El 22 de marzo de 2012 se aprueba el Decreto 86/12 reglamentario de la Ley, a través  del cual se aprueba el Fudaee creado por el MEF y el MIEM en su carácter de fideicomitentes y la Corporación Nacional para el Desarrollo (CND) en su carácter de fiduciario.  En lo que refiere a la gestión del Fideicomiso, el MIEM es representado por la Dirección Nacional de Energía (MIEM), perteneciente a dicho Ministerio.

De acuerdo a lo establecido por ley, el Fudaee posee las siguientes competencias: 
 

  1. Administrar las transacciones de Certificados de Eficiencia Energética (CEE), conforme a las directivas establecidas por el Poder Ejecutivo y asegurar la transparencia del mercado de Certificados de Eficiencia Energética, conforme a las pautas específicas que se establezcan en el Manual de Operaciones del Fideicomiso Uruguayo De Ahorro y Eficiencia Energética.
  2. Oficiar de fondo de garantías para líneas de financiamiento destinadas a proyectos de eficiencia energética a través del Fideicomiso de Eficiencia Energética (FEE) constituido en el marco del Sistema Nacional de Garantías (Siga).
  3. Financiar actividades de investigación y desarrollo en eficiencia energética y la promoción de energías renovables.
  4. Brindar financiamiento para el desarrollo de diagnósticos y estudios energéticos para el sector público y privado.
  5. Administrar y captar fondos de donación y préstamos de organismos internacionales u otras fuentes que estén destinados a promover la eficiencia energética y la reducción de gases de efecto invernadero en el sector energía.
  6. Financiar campañas de cambio cultural, educación, promoción y difusión de la eficiencia energética destinadas a todos los usuarios de energía.
  7. Financiar las actividades de control y seguimiento del etiquetado de eficiencia energética de equipamientos a nivel nacional.
  8. Financiar la readecuación y el equipamiento de laboratorios nacionales para asegurar las capacidades de ensayo necesarias para promover y desarrollar la eficiencia energética en el país.
  9.  Financiar los costos asociados a su operación, la auditoría y control de los CEE liberados por el MIEM, y las actividades de planificación, control, seguimiento y capacitación del personal técnico especializado de la Unidad de Eficiencia Energética de la DNE.
  10.  Administrar un fondo de contingencias para actuar en contextos de crisis de abastecimiento de energía cuya función principal será el financiamiento de planes destinados al ahorro de energía por parte de los usuarios y operaciones de emergencia en el mercado energético que aseguren la continuidad del suministro.

 

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