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Nuevas oportunidades para el Sector Público en eficiencia energética

04.11.2015

Nuevas oportunidades para el Sector Público en eficiencia energética

El 26 de octubre se firmó el Decreto que reglamenta la Ley N° 18.834 referente a los contratos remunerados de desempeño de eficiencia energética  para el Sector Público.

Este Decreto aplica únicamente a los incisos de la administración central (Ministerios y Presidencia), los cuales no tiene autonomía para trasponer fondos del rubro consumo de suministros a otro objeto de gasto para el pago de los contratos por desempeño con empresas ESCO. 

A través de esta reglamentación se habilita a los Incisos de la Administración Central que celebren contratos remunerados por desempeño con empresas de servicios energéticos (ESCO) a disponer para el pago de los mismos de hasta el 100% de los ahorros generados en el consumo del suministro objeto del contrato. El Art. 6 del Decreto indica que para habilitar la trasposición, el MEF verifica la existencia de crédito presupuestal no utilizado por el Inciso y/o Unidad Ejecutora correspondiente, y el estar al día con los consumos correspondientes al suministro en el que se producirán los ahorros presentados en el clearing de suministros. 

Los bienes de capital serán incorporado al patrimonio del Inciso contratante de acuerdo a la normativa vigente, en el momento y condiciones que se determinen contractualmente con la ESCO, y como máximo al momento de finalizar el contrato.

Esta acción, junto a otras, se enmarca en el Plan Nacional de Eficiencia Energética, y su estrategia dirigida al Sector Público.

En las próximas semanas, el Ministerio de Industria, Energía y Minería realizará una serie de charlas informativas con el fin de difundir estos nuevos mecanismos entre las empresas de servicios energéticos y los diferentes Incisos.