Recientemente hemos cumplido otro importante hito en nuestro proyecto. El Etiquetado de Eficiencia Energética ya es una realidad luego de un proceso que ha demandado mucho esfuerzo e intercambio de ideas con todos los actores involucrados.
El Poder Ejecutivo, a través de tres decretos aprobados el 22 de setiembre de 2009, ha puesto en vigencia el sistema bajo el cual se implementará el etiquetado de eficiencia energética de equipos y artefactos que consuman energía cualquiera sea su fuente.
Los primeros equipos a ser etiquetados serán lámparas fluorescentes compactas y calentadores de agua eléctricos de acumulación. En forma paulatina se irán incorporando otros artefactos como ser equipos de aire acondicionado, heladeras y freezers, cocinas a gas, etc.
El programa de etiquetado consta de dos etapas. Una inicial, de carácter transitorio, en la que la adhesión al etiquetado por parte de fabricantes e importadores es en forma voluntaria y cuyo plazo empieza a correr con la aprobación del decreto correspondiente. Cumplido este plazo, que puede variar entre 12 y 24 meses dependiendo el equipo, todo equipamiento que consuma energía y sea incorporado al programa, deberá contar de forma obligatoria con la etiqueta de eficiencia energética de aplicación nacional para su comercialización en plaza.
El etiquetado de Eficiencia Energética brinda información a los consumidores sobre el desempeño del equipamiento que consume energía y permite incorporar el consumo de energía dentro de las variables que inciden en la decisión de compra de los consumidores. Asimismo, el etiquetado de eficiencia energética nos permitirá tener un mercado en el cual las reglas en lo que refiere a la calidad y desempeño de los productos que consumen energía que se fabrican, se importan y se comercializan en el país estén determinadas.
Entendemos que con este instrumento estamos dando otro gran paso para constituir a la eficiencia energética como uno de los ejes fundamentales de la estrategia energética del país.
Se puede acceder al texto de los decretos recientemente aprobados a través de:
Decreto Nº 429_009 - Etiquetado de EE de equipos y artefactos.pdf
Decreto Nº 430_009 - Etiquetado de EE de calentadores de agua eléctricos de acumulación.pdf
Decreto Nº 428_009 - Etiquetado de EE de fluorescentes compactas.pdf
HABILITACIÓN PARA EL USO DE LA ETIQUETA
La solicitud de habilitación de uso de la etiqueta de Eficiencia Energética (EE) debe presentarse ante la URSEA (Unidad Reguladora de los Servicios de Energía y Agua). Este organismo es el encargado, entre otras cosas, de realizar las tareas de fiscalización del programa y de autorizar el uso de la etiqueta de eficiencia energética.
Los fabricantes o importadores deberán presentar ante la URSEA un certificado de conformidad con la norma UNIT de etiquetado de eficiencia energética, correspondiente al equipo, emitido por un Organismo de Certificación (OC) con presencia comercial en el país y reconocido por la URSEA.
Dicho certificado puede obtenerse de dos maneras:
1) Solicitar los ensayos, de EE según la norma correspondiente, a un Laboratorio reconocido por un Organismo de Certificación y luego solicitar ante éste el certificado de conformidad.
2) Solicitar directamente el certificado a un OC, en cuyo caso el organismo contratará los ensayos a un Laboratorio y emitirá el certificado correspondiente.